viernes, 8 de junio de 2018

Normas y discernimiento (304-306)


304. Es mezquino detenerse sólo a considerar si el obrar de una persona responde o no a una ley o norma general, porque eso no basta para discernir y asegurar una plena fidelidad a Dios en la existencia concreta de un ser humano. Ruego encarecidamente que recordemos siempre algo que enseña santo Tomás de Aquino, y que aprendamos a incorporarlo en el discernimiento pastoral: «Aunque en los principios generales haya necesidad, cuanto más se afrontan las cosas particulares, tanta más indeterminación hay [...] En el ámbito de la acción, la verdad o la rectitud práctica no son lo mismo en todas las aplicaciones particulares, sino solamente en los principios generales; y en aquellos para los cuales la rectitud es idéntica en las propias acciones, esta no es igualmente conocida por todos [...] Cuanto más se desciende a lo particular, tanto más aumenta la indeterminación»[347]. Es verdad que las normas generales presentan un bien que nunca se debe desatender ni descuidar, pero en su formulación no pueden abarcar absolutamente todas las situaciones particulares. Al mismo tiempo, hay que decir que, precisamente por esa razón, aquello que forma parte de un discernimiento práctico ante una situación particular no puede ser elevado a la categoría de una norma. Ello no sólo daría lugar a una casuística insoportable, sino que pondría en riesgo los valores que se deben preservar con especial cuidado[348].

305. Por ello, un pastor no puede sentirse satisfecho sólo aplicando leyes morales a quienes viven en situaciones «irregulares», como si fueran piedras que se lanzan sobre la vida de las personas. Es el caso de los corazones cerrados, que suelen esconderse aun detrás de las enseñanzas de la Iglesia «para sentarse en la cátedra de Moisés y juzgar, a veces con superioridad y superficialidad, los casos difíciles y las familias heridas»[349]. En esta misma línea se expresó la Comisión Teológica Internacional: «La ley natural no debería ser presentada como un conjunto ya constituido de reglas que se imponen a priori al sujeto moral, sino que es más bien una fuente de inspiración objetiva para su proceso, eminentemente personal, de toma de decisión»[350]. A causa de los condicionamientos o factores atenuantes, es posible que, en medio de una situación objetiva de pecado —que no sea subjetivamente culpable o que no lo sea de modo pleno— se pueda vivir en gracia de Dios, se pueda amar, y también se pueda crecer en la vida de la gracia y la caridad, recibiendo para ello la ayuda de la Iglesia[351]. El discernimiento debe ayudar a encontrar los posibles caminos de respuesta a Dios y de crecimiento en medio de los límites. Por creer que todo es blanco o negro a veces cerramos el camino de la gracia y del crecimiento, y desalentamos caminos de santificación que dan gloria a Dios. Recordemos que «un pequeño paso, en medio de grandes límites humanos, puede ser más agradable a Dios que la vida exteriormente correcta de quien transcurre sus días sin enfrentar importantes dificultades»[352]. La pastoral concreta de los ministros y de las comunidades no puede dejar de incorporar esta realidad.

306. En cualquier circunstancia, ante quienes tengan dificultades para vivir plenamente la ley divina, debe resonar la invitación a recorrer la via caritatis. La caridad fraterna es la primera ley de los cristianos (cf. Jn 15,12; Ga 5,14). No olvidemos la promesa de las Escrituras: «Mantened un amor intenso entre vosotros, porque el amor tapa multitud de pecados» (1 P 4,8); «expía tus pecados con limosnas, y tus delitos socorriendo los pobres» (Dn 4,24). «El agua apaga el fuego ardiente y la limosna perdona los pecados» (Si 3,30). Es también lo que enseña san Agustín: «Así como, en peligro de incendio, correríamos a buscar agua para apagarlo [...] del mismo modo, si de nuestra paja surgiera la llama del pecado, y por eso nos turbamos, cuando se nos ofrezca la ocasión de una obra llena de misericordia, alegrémonos de ella como si fuera una fuente que se nos ofrezca en la que podamos sofocar el incendio»[353].

[347] Summa Theologiae I-II, q. 94, a. 4.
[348] En otro texto, refiriéndose al conocimiento general de la norma y al conocimiento particular del discernimiento práctico, santo Tomás llega a decir que «si no hay más que uno solo de los dos conocimientos, es preferible que este sea el conocimiento de la realidad particular que se acerca más al obrar»: Tomás de Aquino, Sententia libri Ethicorum, VI, 6 (ed. Leonina, t. XLVII, 354).
[349] Discurso en la clausura de la XIV Asamblea General Ordinaria del Sínodo de los Obispos (24 octubre 2015): L’Osservatore Romano, ed. semanal en lengua española, 30 de octubre de 2015, p. 4.
[351] En ciertos casos, podría ser también la ayuda de los sacramentos. Por eso, «a los sacerdotes les recuerdo que el confesionario no debe ser una sala de torturas sino el lugar de la misericordia del Señor»: Exhort. ap. Evangelii gaudium (24 noviembre 2013), 44: AAS 105 (2013), 1038. Igualmente destaco que la Eucaristía «no es un premio para los perfectos sino un generoso remedio y un alimento para los débiles» ( ibíd, 47: 1039).
[352] Exhort. ap. Evangelii gaudium (24 noviembre 2013), 44: AAS 105 (2013), 1038-1039.
[353] De catechizandis rudibus, 1, 14, 22: PL 40, 327; cf. Exhort. ap. Evangelii gaudium (24 noviembre 2013), 193: AAS 105 (2013), 1101.

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Muchas gracias por tu comentario